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año:2011
 
institución:TRIBUNAL SUPREMO DE ELECCIONES
 
institución:HOSPITAL MAX TERAN VALLS DE QUEPOS
 

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R-DCA-640-2011 Contraloría General de la República. División de Contratación Administrativa. San José, a las nueve horas del quince de diciembre de dos mil once.----------------------------------------------------------------------- Recurso de apelación interpuesto por Nutricare, S.A. en contra del acto que declara desierta la Licitación Pública Nacional 2011LN-000004-2308, promovida por la Caja Costarricense de Seguro Social, por medio del Hospital Dr. Max Terán Valls, para la compra de uso enteral.------------------------------------------ RESULTANDO I.-Nutricare, S.A. impugnó la decisión del Hospital licitante de declarar desierto el concurso, en el cual participó como única oferente, por cuanto considera que el acto adolece de la motivación que requiere la Ley de Contratación Administrativa y su Reglamento.--------------------------------------------------------------- II.-Mediante auto de las 10:00 horas del 20 de octubre de 2011, se admitió para trámite el recurso presentado.------------------------------------------------------------------------------------------------------------------ III.-En los procedimientos se han observado las prescripciones de ley.------------------------------------------- CONSIDERANDO I.-Para el dictado de la presente resolución se tienen por demostrados los siguientes hechos de interés: 1) Que la Caja Costarricense de Seguro Social, por medio de su unidad desconcentrada Hospital Max Terán Valls, promovió la Licitación Pública Nacional 2011LN-000004-2308, para la compra de productos de uso enteral, licitación que fue declarada desierta (ver La Gaceta 191 del 5 de octubre de 2011); 2) Que el cartel de licitación, en lo que interesa, dispuso: “el objeto del presente concurso es para el Suministro de Suplementos mediante la modalidad de licitación por entregas según demanda, para ser utilizado en la adición a la dieta para corregir o prevenir deficiencias de vitaminas, minerales, proteínas, en ...
Fecha publicación: 19/12/2011
Fecha emisión: 15/12/2011
Institución: HOSPITAL MAX TERAN VALLS DE QUEPOS
Emite: DIVISION DE CONTRATACION ADMINISTRATIVA
Tipo documental: RESOLUCIONES DE RECURSOS DE APELACION
Proceso: TRAMITE Y RESOLUCION DE RECURSOS DE APELACION (FONDO)
Tesauro: Principios de la contratación administrativa, Principios de la contratación administrativa, Principios de la contratación administrativa, Principios de la contratación administrativa, Contenido del cartel, Condiciones invariables, Sistema de evaluación, Principios de la contratación administrativa, Condiciones invariables, Sistema de evaluación


DIVISIÓN DE CONTRATACIÓN ADMINISTRATIVA Al contestar refiérase al oficio No. 12613 13 de diciembre de 2011 DCA-3283 Señor Erick Guzmán Vargas Secretario a.i. Tribunal Supremo de Elecciones Estimado señor: Asunto: Se concede refrendo condicionado al contrato celebrado entre el Tribunal Supremo de Elecciones y SPC Internacional S.A., para la “compra de concentrador de fibra, enrutadores, tarjeta de 48 puertos y otros, producto de la Licitación Pública 2011LN- 000119-85002, por un monto de $409.119.74. Nos referimos a su oficio STSE-3418-2011 de fecha y recibo, 29 de noviembre del 2011, mediante el cual remite para trámite de refrendo, el contrato indicado en el asunto. El contrato anteriormente citado, es refrendado bajo los siguientes comentarios y condicionamientos: I. Antecedentes: De conformidad con el expediente aportado, se comprueba que constan los siguientes documentos y aspectos de interés: 1. Que de acuerdo con el acto de adjudicación, del 27 de setiembre del 2011 se adjudicó a SPC Internacional S.A., las líneas 1, 2, 4, 5, 7, 8, 9, 10, 11, 12 y 13 de la licitación de marras, lo anterior visible a folios 465 a 457 y la comunicación de dicha adjudicación, se dio mediante publicación en el Diario Oficial La Gaceta 190 del 4 de octubre del 2011, ver folio 466 del expediente administrativo. 2. Que con vista en la certificación de contenido presupuestario, visible a folio 471 del expediente administrativo, emitida por Carlos Umaña Morales, se cuenta con el disponible presupuestario suficiente, para cubrir las erogaciones que demande la presente contratación. 3. Que de conformidad con lo señalado en el cartel, la empresa adjudicataria, aportó la suma de ¢519.950 por concepto de especies fiscales, (ver entero bancario adjunto al contrato) y por concepto de garantía de cumplimiento aportó la suma de ¢20.456 (ver folios 469 y 470 del expediente administr ...
Fecha publicación: 16/12/2011
Fecha emisión: 13/12/2011
Documento: 12613-2011.pdf
Institución: TRIBUNAL SUPREMO DE ELECCIONES
Emite: DIVISION DE CONTRATACION ADMINISTRATIVA
Tipo documental: CONTRATOS Y/O ADDENDA
Proceso: REFRENDO DE CONTRATOS


DIVISIÓN DE CONTRATACIÓN ADMINISTRATIVA Al contestar refiérase al oficio Nº 12562 13 de diciembre, 2011 DCA-3278 Señor Alejandro Bermúdez Mora Secretario Tribunal Supremo de Elecciones. Asunto: Se otorga refrendo condicionado al contrato y adenda N° 1 para la Compra de Servidores de Cómputo para el Tribunal Supremo de Elecciones, suscrito entre ese Tribunal y la empresa Componentes El Orbe S.A. (Licitación Pública N° 2011LN- 000104-85002). Estimado señor: Damos respuesta a sus oficios N° STSE-2913-2011 del 03 de octubre y N° STSE-3228- 2011 del 8 de noviembre del año en curso, mediante los cuales solicita refrendo contralor y brinda información adicional respecto al contrato y adenda N° 1 para la Compra de Servidores de Cómputo para el Tribunal Supremo de Elecciones, suscrito entre esa Administración y la empresa Componentes El Orbe S.A. (Licitación Pública N° 2011LN-000104-85002). Una vez analizado el expediente de la respectiva contratación, según lo establecido por el artículo 8 del Reglamento sobre el Refrendo de las Contrataciones de la Administración Pública, sobre el alcance del análisis del contrato, se devuelve los documentos de mérito debidamente refrendados, bajo las condiciones que adelante se indican, cuya verificación será responsabilidad exclusiva del señor Alejandro Bermúdez Mora, en su condición de Secretario del Tribunal Supremo de Elecciones. En caso de que el señor Bermúdez Mora no resulte competente para verificarlas, será su responsabilidad instruir a la dependencia que corresponda a ejercer el control sobre los condicionamientos señalados a continuación: 1. Es responsabilidad de esa Administración, contar con el contenido presupuestario suficiente a efectos de enfrentar la erogación correspondiente a esta contratación, de conformidad con 2 certificación N° 69 del 14 de noviembre del 2011 ...
Fecha publicación: 16/12/2011
Fecha emisión: 13/12/2011
Documento: 12562-2011.pdf
Institución: TRIBUNAL SUPREMO DE ELECCIONES
Emite: DIVISION DE CONTRATACION ADMINISTRATIVA
Tipo documental: CONTRATOS Y/O ADDENDA
Proceso: REFRENDO DE ADDENDUM


DIVISIÓN DE CONTRATACIÓN ADMINISTRATIVA Al contestar refiérase al oficio Nº 11167 11 de noviembre, 2011 DCA-2975 Señores Dennis Cascante Hernández Director General de Estrategia Tecnológica Francisco Rodríguez Siles Director Ejecutivo TRIBUNAL SUPREMO DE ELECCIONES Estimados señores: Asunto: Se deniega autorización al Tribunal Supremo de Elecciones para contratar en forma directa el uso de licencias de software bajo el sistema Enterprise Agreement, con la empresa Microsoft representada por MSLI LATAM Inc. Damos respuesta a su oficio DGET-116-2011 de fecha 19 de setiembre del año en curso, complementado con los oficios DGET-135-2011 del 11 de octubre y DGET-154-2011 del 18 de octubre último, mediante el cual solicita la autorización de esta Contraloría General para que el Tribunal Supremo de Elecciones pueda contratar en forma directa el uso de licencias de software bajo el sistema Enterprise Agreement, con la empresa Microsoft representada por MSLI LATAM Inc. I. Antecedentes: Mediante el oficio No. 6649 DCA-1977) del 3 de julio del 2008, esta División otorgó una autorización al Tribunal Supremo de Elecciones para contrata en forma directa el arrendamiento de licencias de Microsoft, bajo el esquema Enterprise Agreement. Dicha autorización se otorgó por un plazo máximo de tres años. El contrato producto de dicha autorización fue refrendado mediante el oficio No. 11677 (DCA-3549) del 5 de noviembre del 2008. II. Justificaciones de su solicitud: Como razones dadas para justificar la solicitud, nos indica lo siguiente: 2 Que actualmente el Tribunal Supremo de Elecciones cuenta con un contrato de licenciamiento de software por volumen denominado Enterpirse Agreement, con la empresa MSLI LATAM Inc, negociado a través de Microsoft de Centroamérica S.A., lo que ha permitido que la institución aproveche una serie de condiciones ben ...
Fecha publicación: 13/11/2011
Fecha emisión: 10/11/2011
Documento: 11167-2011.pdf
Institución: TRIBUNAL SUPREMO DE ELECCIONES
Emite: DIVISION DE CONTRATACION ADMINISTRATIVA
Tipo documental: AUTORIZACIONES DE CONTRATACIÓN DIRECTA
Proceso: TRAMITE DE SOLICITUDES DE AUTORIZACION DE CONTRATACION DIRECTA
Tesauro: Contrataciones autorizadas por Contraloría General de la República


DIVISIÓN DE CONTRATACION ADMINISTRATIVA Al contestar refiérase al oficio Nº 11033 8 de noviembre de 2011 DCA-2928 Licenciado Alejandro Bermúdez Mora Secretario Tribunal Supremo de Elecciones Fax 2255-0213 Estimado señor: Asunto: Se otorga refrendo al contrato número al contrato número 2011-000016-000 para la Compra de Equipo para Tarjeta de Identidad de Menores (TIM), suscrito entre el Tribunal Supremo de Elecciones y el Consorcio CR Soluciones – ABM, de la Licitación Publica Nº 2011LN- 000041-85001. Nos referimos a su oficio número STSE-2928-2011, de fecha 5 de octubre de 2011, adicionado por medio del oficio nº STSE-3210-2011, mediante los cuales solicita a este órgano contralor el refrendo al contrato antes indicado, gestión que se ampara en los artículos 184 de la Constitución Política y en el Reglamento sobre el Refrendo de las Contrataciones de la Administración Pública. Una vez realizado el estudio de rigor, esta División otorga el refrendo constitucional respectivo al contrato anteriormente citado, bajo los siguientes comentarios y condiciones, a las cuales queda sujeto el presente refrendo. I.- Consideraciones de la gestión: Esta División consideró de importancia para emitir el presente refrendo de legalidad, los aspectos siguientes: 1.-Se tuvo a la vista la certificación de contenido presupuestario emitida por el licenciado Carlos A. Umaña Morales, Contador del Tribunal Supremo de Elecciones, de fecha 2 de noviembre de 2011, por los montos de 136.548.148,00 colones y 7.381.595,00 colones, recibida en esta división el día 4 de noviembre de 2011, mediante el oficio nº STSE-3210-2011. En este sentido, se recuerda que es de exclusiva responsabilidad de la Administración no solo la acreditación del presupuesto, sino además la factibilidad técnica y jurídica de aplicar los recursos certificados en el objeto de esta contratación (oficio nº STSE-3210-2011 de fecha 4 de noviembre de 2 ...
Fecha publicación: 11/11/2011
Fecha emisión: 08/11/2011
Documento: 11033-2011.pdf
Institución: TRIBUNAL SUPREMO DE ELECCIONES
Emite: DIVISION DE CONTRATACION ADMINISTRATIVA
Tipo documental: CONTRATOS Y/O ADDENDA
Proceso: REFRENDO DE CONTRATOS


DIVISIÓN DE CONTRATACION ADMINISTRATIVA Al contestar refiérase al oficio No. 10945 07 de noviembre del 2011 DCA-2908 Doctora Krisia Díaz Valverde Directora General Hospital Dr. Max Terán Valls Estimada Señora: Asunto: Se concede autorización al Hospital Dr. Max Terán, para disminuir el monto de las líneas 3, 4 y 5 de la Licitación Abreviada No.2009-000001-2308.- Nos referimos a su oficio DG-H.DR.MT.V.-No. 0629-09-2011, mediante el cual requiere autorización para disminuir en un 58%, tres de las cinco líneas de la Licitación Abreviada No.2009- 000001-2308, a saber: Línea Cantidad original contrato Nueva Cantidad % Disminución Monto Inicial Nuevo Monto 3 2400 1000 58,33% $14.568,00 $6.070,00 4 2400 1000 58,33% $14.568,00 $6.070,00 5 2400 1000 58,33% $14.568,00 $6.070,00 Al respecto ha de indicarse: I. Antecedentes Mediante oficio DCA-2650, este órgano contralor requirió información adicional para continuar con el análisis de la solicitud planteada, gestión que fue atendida mediante oficio DG-H.DR.MT.V.-No. 0691-06-2011. 2 II. Justificación La Administración expone los siguientes argumentos, como respaldo a su solicitud: i. Se promovió la Licitación Abreviada No.2009-000001-2308, para la adquisición de reactivos para pruebas especiales, para ser utilizado en la diaria atención de pacientes que ingresan al Hospital Dr. Max Terán Valls, para mantener existencias por un periodo de un año con probabilidad de prórrogas por tres periodos iguales. ii. El cartel estableció las siguientes cantidades y objeto: Línea Cantidad original contrato Objeto 1 2000 Reactivo DET HIV I-II 2 1000 Reactivo DET PSA 3 2400 Reactivo DET T3 4 2400 Reactivo DET T4 5 2400 Reactivo DET TSH iii. La Licitación Abreviada No.2009-000001-2308 fue adjudicada a la empresa EQUITRON S.A. iv. El año inicial se ...
Fecha publicación: 10/11/2011
Fecha emisión: 07/11/2011
Documento: 10945-2011.pdf
Institución: HOSPITAL MAX TERAN VALLS DE QUEPOS
Emite: DIVISION DE CONTRATACION ADMINISTRATIVA
Tipo documental: AUTORIZACIONES VARIAS
Proceso: TRAMITE DE SOLICITUDES DE AUTORIZACIONES VARIAS EN CONTRATACION ADMINISTRATIVA


DIVISIÓN DE CONTRATACIÓN ADMINISTRATIVA Al contestar refiérase al oficio Nº 10028 14 de octubre, 2011 DCA-2688 Doctora Krisia Díaz Valverde Directora General HOSPITAL DR. MAX TERÁN VALLS Estimada señora: Asunto: Se devuelve con refrendo el contrato para la prestación de servicios de transporte de pacientes, modalidad de servicios según demanda, sucrito por el Hospital Dr. Max Terán Valls con el señor Diego Fabián Astúa Miranda, producto de la licitación pública 2011LN- 000001-2308. Damos respuesta a su oficio DG-H-DR-M-T-V-0588-08-2011 de fecha 24 de agosto del año en curso, complementado por el oficio DG-HDRMTV-06470-10-2011 del 05 de octubre último, mediante el cual remite a esta Contraloría General para trámite de refrendo un contrato para la prestación de servicios privados de transporte de pacientes, modalidad de servicio según demanda, suscrito por el Hospital Dr. Max Terán Valls y el señor Diego Fabián Astúa Miranda, producto de la licitación pública 2011LN-000001-2308. Con fundamento en el acuerdo de adjudicación esta División procede a devolver el citado contrato con el refrendo correspondiente. Sin embargo, dicha aprobación se otorga sujeta a las siguientes observaciones: 1) Cálculo del kilometraje: en la cláusula segunda se establece que el cómputo del kilometraje a reconocer se realizará tomando como referencia la tabla de kilometraje convenida con el Comité Auxiliar de la Cruz Roja de Quepos, y en caso de que el destino contratado no esté establecido en dicha tabla, el kilometraje correspondiente será estimado oportunamente en coordinación con el Encargado General del Contrato. Sin embargo, se advierte que en esos casos, se deberá tomar como referencia la Tabla Oficial de Distancias establecida por el Ministerio de Obras Públicas y Transportes, y dejar debidamente justificado el kilometraje que en definitiva se establezca en cada caso. 2) Orden de prioridad ...
Fecha publicación: 20/10/2011
Fecha emisión: 14/10/2011
Documento: 10028-2011.pdf
Institución: HOSPITAL MAX TERAN VALLS DE QUEPOS
Emite: DIVISION DE CONTRATACION ADMINISTRATIVA
Tipo documental: CONTRATOS Y/O ADDENDA
Proceso: REFRENDO DE CONTRATOS


DIVISIÓN DE CONTRATACIÓN ADMINISTRATIVA Al contestar refiérase al oficio Nº 09999 13 de octubre de 2011 DCA-2679 Doctora Krisia Díaz Valverde Directora General Hospital Dr. Max Terán Valls de Quepos Fax: 2777-3231 Estimada señora: Asunto: Se emite respuesta a consulta sobre la procedencia de realizar contrataciones directas por escasa cuantía con entregas según demanda para la compra de aceites, lubricantes, filtros de aire aceite y diesel. Nos referimos a su oficio número DG-HDRMTV-608-09-2011 del 7 de setiembre del presente año de 2011, mediante el cual consulta lo relacionado en el asunto. Sobre el particular, es menester señalar que en atención al artículo 29 de la Ley Orgánica de la Contraloría General de la República que regula nuestra potestad consultiva, este órgano contralor emitió la circular CO-529, publicada en La Gaceta 107 del 05 de junio del 2000 denominada “Circular sobre la atención de consultas dirigidas a la Contraloría General de la República”. Dicha circular dispone en sus artículos 1, 2 y 3, que esta Contraloría General de la República conoce las consultas atinentes a su ámbito competencial, además de requerir la incorporación del respectivo criterio jurídico de la Administración consultante. Bajo ese panorama, deviene el rechazo de la presente consulta, toda vez que la misma no se acompaña del referido criterio jurídico. No obstante lo anterior en un afán de colaboración le adjuntamos copia de cinco oficios emitidos por este órgano contralor y que versan sobre el tema por usted consultado, los oficios son: 02380 (DJ-0944 del 11 de marzo de 2010), 06451 (DJ-6451 del 5 de julio de 2010), 02365 (DCA-624) del 10 de marzo de 2011, 07908 (DCA-2170 del 25 de agosto de 2011), y 3319 (DCA-0968 del 12 de abril de 2011). Así las cosas, esta División se abstiene de emitir criterio alguno y se procede al archivo de la misma. Atentamente, Lic. Marco Vinicio Alvarado Quesada ...
Fecha publicación: 18/10/2011
Fecha emisión: 13/10/2011
Documento: 09999-2011.pdf
Institución: HOSPITAL MAX TERAN VALLS DE QUEPOS
Emite: DIVISION DE CONTRATACION ADMINISTRATIVA
Tipo documental: CRITERIOS Y PRONUNCIAMIENTOS
Proceso: ASESORIA SOBRE HACIENDA PUBLICA


R-DCA-515-2011 CONTRALORÍA GENERAL DE LA REPÚBLICA. División de Contratación Administrativa. San José, a las nueve horas del doce de octubre de dos mil once. ----------------------------------------------- Recurso de apelación interpuesto por la empresa Cobiermat de Centroamérica S. A. en contra del acto de adjudicación de la línea Nº 2 de la Licitación Abreviada Nº 2011-LA-000076-85001, promovida por el Tribunal Supremo de Elecciones para “Remodelaciones en las oficinas centrales del Tribunal Supremo de Elecciones”, recaído a favor de la empresa Ingeniería PCR S. A., por un monto de ¢95.869.960,39.--------- RESULTANDO I. Que mediante escrito presentado ante este Despacho el día 30 de setiembre del 2011, la firma Cobiermat de Centroamérica S. A. interpuso recurso de apelación en contra de la adjudicación de la línea Nº 2 de la licitación abreviada Nº 2011-LA-000076-85001 promovida por el Tribunal Supremo de Elecciones, alegando, entre otras cosas, que fue excluida porque la experiencia que acreditó en su oferta corresponde antes de la inscripción en el Colegio Federado de Ingenieros y Arquitectos.-------------------------------------- II. Que mediante auto de las ocho horas con treinta minutos del cuatro de octubre del dos mil once se solicitó el expediente de la Licitación Abreviada Nº 2011-LA-000076-85001 al Tribunal Supremo de Elecciones.------------------------------------------------------------------------------------------------------------------ III. Que mediante oficio Nº STSE-2927-2011 la Administración remitió el expediente solicitado, y según oficio PROV-1100-2011 la entidad licitante brinda información referente a la comunicación del acto de adjudicación de la Licitación Abreviada Nº 2011-LA-000076-85001. -------------------------------------------- IV. Que la presente resolución se dicta dentro del término de ley, habiéndose observado durante su trámite las prescripciones legales y reglamentarias pertinente ...
Fecha publicación: 18/10/2011
Fecha emisión: 12/10/2011
Institución: TRIBUNAL SUPREMO DE ELECCIONES
Emite: DIVISION DE CONTRATACION ADMINISTRATIVA
Tipo documental: RESOLUCIONES DE RECURSOS DE APELACION
Proceso: ANALISIS DE ADMISIBILIDAD DE RECURSOS DE APELACION


R-DCA-234-2011 CONTRALORÍA GENERAL DE LA REPÚBLICA. División de Contratación Administrativa. San José, a las once horas del dieciséis de mayo del dos mil once. ------------------------------------------------------ Recurso de objeción interpuesto por el señor Arnoldo Sauter Becker, en su condición de apoderado generalísimo de SAUTER MAYOREO S.A. en contra del cartel de la Licitación Pública N°2011LN- 000041-85001, promovida por el Tribunal Supremo de Elecciones para la “Compra de equipo para TIM”-- I.-POR CUANTO: La empresa SAUTER MAYOREO S.A presentó recurso de objeción contra el cartel de referencia. --------------------------------------------------------------------------------------------------------------- II.-POR CUANTO: Esta División confirió audiencia especial a la Administración licitante con el objeto de que se refiriera por escrito a los argumentos de la empresa objetante y remitiera una copia fiel del cartel de la presente licitación, la cual fue atendida en tiempo mediante oficio Nº TSE-1257-2011 de fecha 10 de mayo del 2011, anexando a su vez copia del cartel del concurso. -------------------------------------------------- III.- POR CUANTO: Sobre la admisibilidad del recurso. Plazo de interposición y legitimación para impugnar: El artículo 170 del Reglamento de Contratación Administrativa, indica que el recurso de objeción deberá presentarse dentro del primer tercio del plazo para presentar ofertas, contado a partir del día hábil siguiente de la publicación o de aquel en que se realice la invitación. En este sentido tenemos, que la invitación al concurso fue publicada en el Alcance Nº 24 a La Gaceta Nº 79 del 26 de abril del 2011, habiéndose fijado como fecha de apertura el día 18 de mayo del 2011, razón por la cual el plazo para impugnar el respectivo cartel expiró el día 3 de mayo del año en curso. Al respecto y en vista que consta en el expediente, que la objetante presentó su recurso el día 2 de mayo, se tien ...
Fecha publicación: 19/05/2011
Fecha emisión: 16/05/2011
Institución: TRIBUNAL SUPREMO DE ELECCIONES
Emite: DIVISION DE CONTRATACION ADMINISTRATIVA
Tipo documental: RESOLUCIONES DE RECURSOS DE OBJECION AL CARTEL
Proceso: TRAMITE Y RESOLUCION DE RECURSOS DE OBJECION AL CARTEL